En anteriores entradas al blog hemos hablado sobre los mantras que lideran nuestras conversaciones en materia de sostenibilidad. Pues bien, si hay uno con el que quedarnos para este 2022, ese es el concepto #taxonomía.
En esta entrada vamos a tratar de resumir brevemente qué hay detrás de este concepto, de dónde viene, cómo nos va a afectar y por qué va a ser tan importante este año.
¿Qué es la #taxonomía?
Se trata de una herramienta que nos ayuda a clasificar algo. En este caso define qué actividades pueden considerarse como sostenibles y cuáles no; sirve para dar soporte a inversores, compañías y promotores de proyectos en la toma de decisiones sobre la mejor manera de apoyar e invertir en actividades económicas que contribuyan a una transición hacia una economía baja en carbono, resiliente y eficiente en consumo de recursos.
Esta definición aparentemente sencilla, no lo es en absoluto puesto que conlleva la necesidad de establecer límites entre lo que es una actividad sostenible y lo que no. Para ello, el grupo de expertos encargados de su definición ha acordado que una actividad podrá considerarse sostenible cuando contribuya substancialmente, como poco, a uno de 6 objetivos marcados, siempre y cuando no dañen al resto. Los 6 objetivos sobre los que se basa esta definición son los siguientes:
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- Mitigación del cambio climático
- Adaptación al cambio climático
- Protección del agua y los ecosistemas marinos
- Prevención y control de la contaminación
- Transición hacia una economía circular
- Protección de los ecosistemas y la biodiversidad
Contexto y situación
Aunque el concepto #taxonomía no es nuevo, en los últimos años se ha intensificado su uso.
¿De dónde viene?
A finales de 2019 la Comisión Europea lanzó el Pacto Verde Europeo cuyo objetivo principal es transformar Europa en una economía moderna, eficiente, resiliente y competitiva. Para ello se han desarrollado distintos ejes de actuación (neutralidad climática, protección de los ecosistemas, proveer de energía limpa a la sociedad, etc.), siendo uno de ellos el plan de acción de finanzas sostenibles.
La herramienta #taxonomía se enmarca dentro de este plan, siendo la responsable de tejer un ecosistema de actividades consideradas como sostenibles en las que se base la economía europea.
Para ello, la Comisión Europea aprobó en 2020 el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles. Este documento incluye deficiones de conceptos básicos, criterios elementales bajo los que se establece qué actividades pueden considerarse como sostenibles y los principios que rigen este Reglamento. Por tanto, se trata de un documento que da unas pinceladas generales sobre el tema, pero que no lo concreta demasiado.
Con el objetivo de una mayor definición se estableció la necesidad de definir actividades elegibles en base a los 6 criterios principales recogidos en la introducción. Así, en diciembre del año pasado, la Comisión publicó el Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 de la Comisión que establece los criterios técnicos de selección para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo. Este documento incluye las actividades económicas que, a priori, serían elegibles como sostenibles o que facilitan una transición hacia la sostenibilidad en base a los criterios 1. Mitigación del cambio climático y 2. Adaptación al cambio climático.
¿Cómo nos va a afetar a las empresas que conformamos UNESID?
Las actividades que conforman UNESID disponen de un código CNAE (o código de Clasificación Nacional de Actividades Económicas). Las actividades elegibles se han categorizado por actividad CNAE, por lo que el primer paso es determinar si estamos dentro o no. Una vez confirmada la inclusión de nuestra actividad CNAE, deberemos probar que nuestra actividad contribuye substancialmente a uno de los 6 criterios definidos, sin dañar ninguno de los criterios restantes. Además, habrá que demostrar que nuestra actividad cumple las garantías sociales mínimas (por ejemplo, en materia de derechos de los trabajadores, reunión y asociación, etc.). Si al finalizar esta evaluación nuestra actividad económica es elegible y está alineada con lo aquí dispuesto, será una actividad sostenible, promocionable y financiable y tendrá que divulgar información cuantitativa y cualitativa que lo pruebe.
El hecho de ser una actividad elegible supondrá a priori un impacto reputacional positivo, mayor y más fácil acceso a financiación, apertura de nuevas oportunidades de mercado y una sistemática en la gestión de riesgos que aportará un mayor grado de resiliencia a dicha actividad.
¿Por qué la #taxonomía va a marcar el 2022?
Como ya se ha mencionado, existe el primer Reglamento Delegado que cubre los criterios de mitigación y adaptación al cambio climático. Durante 2022 se prevé que la Comisión lance reglamentos delegados adicionales que complementen al primero, definiendo actividades elegibles para los restantes 4 criterios que definen si una actividad puede considerarse como sostenible o no.
En UNESID continuaremos evaluando cómo el primer y los posteriores Reglamentos Delegados impactan en nuestras empresas y cómo podemos demostrar que nuestro sector es una pieza clave en la ansiada transición hacia una economía sostenible.